Exenciones fiscales a favor de las confesiones religiosas y ayudas del Estado: las cuatro condiciones a partir del art. 107.1, TFUE y el derecho español

Andrea Bettetini*

*Autore corrispondente per questo lavoro

Risultato della ricerca: Contributo in rivistaArticolo in rivistapeer review

Abstract

[Esp:]El trato fiscal previsto en la gran parte de la Unión Europea para las confesiones y los entes religiosos y, en general, la financiación pública -directa o indirecta- de la cual pueden disfrutar en virtud de concordatos o preceptos de derecho común, tiene que medirse con la previsión del primer párrafo del art. 107 TFUE, que lo califica de incompatible con el mercado interior, “en la medida en que afecta a los intercambios comerciales entre Estados miembros, las ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o amenacen falsear la competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones”
Titolo tradotto del contributo[Autom. eng. transl.] Tax exemptions in favor of religious confessions and State aid: the four conditions from art. 107.1, TFEU and Spanish law
Lingua originaleSpanish
pagine (da-a)113-118
Numero di pagine6
RivistaQF. QUINCENA FISCAL
Stato di pubblicazionePubblicato - 2017

Keywords

  • derecho tributario
  • diritto tributario
  • enti ecclesiastici
  • entidades eclesiasticas

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